El Banco de Previsión Social (BPS) ha comenzado la devolución de aportes del Fondo Nacional de Salud (Fonasa) para el año 2023.

El monto a cobrar depende del promedio de ingresos mensuales que el trabajador o jubilado haya tenido durante ese año.

Desde este viernes 6 de septiembre de 2024, quienes cuenten con un usuario personal online del BPS podrán consultar el monto y el cálculo de su devolución a través del servicio web. Aquellos que no tengan un usuario personal podrán verificar si les corresponde una devolución llamando al 1997 en Montevideo, al 21997 desde el interior, o a través de WhatsApp al 098 00 19 97.

A partir del 23 de septiembre de 2024, la devolución del Fonasa se podrá cobrar mediante depósito en una cuenta bancaria o a través de instrumentos de dinero electrónico como MiDinero, DeAnda, Prex u OCA Blue. También se podrá retirar en efectivo presentando un documento de identidad en Abitab, Redpagos, ANDA, supermercados El Dorado o en la Tesorería del BPS (Colonia 1851, planta baja).

¿Quiénes tienen derecho a la devolución?

Según el BPS, la devolución corresponde a trabajadores con ingresos promedio mensuales superiores a $105.847 nominales, y a jubilados o pensionistas con ingresos promedio mensuales superiores a $114.667 nominales durante el año 2023.

El cálculo se realiza comparando los aportes personales al Fonasa entre enero y diciembre de 2023 con un tope anual. Los aportes considerados incluyen los realizados por trabajadores dependientes, titulares de empresas unipersonales y de servicios personales, así como jubilados y pensionistas. Las tasas de aporte varían según la situación familiar y los ingresos.

El tope anual se determina sumando el Costo Promedio Equivalente (CPE) mensual, incrementado en un 25%, y corresponde al beneficiario y sus dependientes (menores de edad, personas con discapacidad y cónyuge o concubino/a). Solo se consideran los meses en los que la persona fue beneficiaria.

A los importes de la devolución se les retiene el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), ya que estos aportes fueron deducidos previamente para calcular el impuesto. La retención es del 20% para los ejercicios 2011 a 2015, y del 8% para los ejercicios a partir de 2016, según resoluciones de la DGI.

Quienes opten por el depósito en cuenta bancaria o dinero electrónico hasta las 18:00 horas del 18 de septiembre recibirán el pago el 23 de septiembre. Los que realicen la afiliación posteriormente recibirán el depósito 72 horas hábiles después de efectuar la opción.

Aquellos que no opten por el depósito en cuenta podrán cobrar según un calendario disponible en el sitio web del BPS: Devolución Fonasa.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio