Pablo Carrasco, exsocio de Conexión Ganadera, apeló el fallo judicial que decretó su concurso necesario como persona física. Según sus abogados, Fernando Vollono y Giacomino Di Matteo, la sentencia contiene errores que, de no corregirse, podrían sentar un «peligroso antecedente» al permitir que cualquier acreedor someta a su deudor a consecuencias irreparables.
El concurso fue solicitado por tres personas que arrendaron campos a Hernandarias XIII, empresa vinculada a Carrasco. En el contrato de arrendamiento se estipulaba la «mora automática y solidaridad pasiva», colocando en igualdad de condiciones a Hernandarias XIII, Carrasco y Gustavo Basso como responsables del pago. Además, Carrasco y Basso se constituyeron como fiadores solidarios, renunciando al beneficio de excusión.
La defensa de Carrasco argumenta que la resolución judicial es «absolutamente nula» y provoca una «flagrante indefensión», apartándose del debido proceso y de las garantías generales del derecho de defensa. Por ello, solicitan que el fallo sea revocado para evitar establecer un precedente que podría afectar a otros deudores en situaciones similares.

