La Justicia uruguaya resolvió no extraditar al excura Juan José Sant’Anna —acusado en Bolivia de abusar sexualmente de unos 30 niños que tenía a su cargo en un internado rural de Cochabamba— al considerar que los delitos, según la normativa nacional, prescribieron en 2021. La decisión generó fuerte impacto en Bolivia, donde el caso es seguido de cerca desde hace más de 17 años y es símbolo de presunta impunidad en delitos sexuales cometidos por integrantes de la Iglesia.
La decisión del juez y el argumento central: la prescripción en Uruguay
En una audiencia celebrada este miércoles, el juez Matías Porciúncula explicó que, aunque la Justicia boliviana sostuvo que el delito no está prescripto según su legislación, para que una extradición se concrete es necesario que la acción penal esté vigente en ambos países.
El magistrado determinó que el delito imputado a Sant’Anna en Bolivia —“abuso deshonesto”— es equivalente en Uruguay a atentado violento al pudor, cuya prescripción es de 10 años. Ese plazo comenzó a correr en 2011, cuando Bolivia declaró al excura en rebeldía. Por ello, según la interpretación del juez, la causa prescribió en 2021.
Además, Porciúncula señaló que entre 2021 y 2025 no hubo acciones judiciales por parte de Bolivia que interrumpieran la prescripción. La alerta roja de Interpol se emitió recién en setiembre de 2025, cuando Sant’Anna fue detenido en Salto. Para la Justicia uruguaya, ese movimiento fue “demasiado tarde”.
La Fiscalía uruguaya decidió no apelar, por lo que la negativa a la extradición quedó firme a nivel local. Ahora resta conocer la respuesta de la Justicia boliviana.
Mientras tanto, Sant’Anna recuperó la libertad y anunció que regresará a la casa de su familia en el barrio Palomar de Salto, donde permaneció prácticamente oculto durante casi dos décadas.
Un pasado marcado por sospechas, denuncias y dos fugas
Sant’Anna ingresó al seminario salesiano en 1989, pero no fue ordenado debido a “dificultades para la vida en comunidad”. En 2005 se trasladó a Cochabamba, donde sí fue ordenado sacerdote secular. Allí quedó al frente del internado Ángel Gelmi, en la zona rural de Tapacarí, una región pobre y aislada donde vivían unos setenta niños en situación de vulnerabilidad.
Según los testimonios recogidos por investigadores bolivianos, el excura habría abusado sexualmente de alrededor de 30 menores. Las denuncias describen un patrón: invitaba a los niños a su habitación para “ver videos”, cerraba la puerta con llave y, en algunos casos, les administraba somníferos.
En octubre de 2007 una monja descubrió los presuntos abusos al encontrar a un niño llorando, quien relató lo ocurrido. Otros compañeros confirmaron las acusaciones al día siguiente. Antes de que se concretaran las denuncias oficiales, Sant’Anna huyó.
En 2008 fue localizado por Interpol en Salto, pero no se ejecutó su extradición. En 2010 un periodista de LR21 lo confrontó y el excura habría reconocido los hechos. En 2023 y 2025 volvió a ser contactado por periodistas, pero logró seguir en libertad hasta su detención en agosto de 2025.
Documentos enviados por Bolivia señalan que el propio Sant’Anna admitió los abusos ante el sacerdote Eugenio Coter, designado por el arzobispo para investigar internamente el caso.
Fuerte impacto en Bolivia: grupos de sobrevivientes hablan de “impunidad”
En Bolivia, donde el caso tomó notoriedad pública desde 2007, la negativa de Uruguay a extraditarlo fue recibida con “estupor” y “silencio doloroso”, según expresaron integrantes de la Comunidad Boliviana de Sobrevivientes.
El país atraviesa desde 2023 una oleada de denuncias contra sacerdotes por abusos sexuales, tras la revelación del diario español El País sobre los diarios del cura Alfonso Pedrajas, que admitía haber abusado de al menos 85 niños. El caso de Sant’Anna era visto como un punto clave en ese proceso de reivindicación de justicia.
Diversos colectivos sociales vienen reclamando que el delito cometido por el excura sea recalificado como violación contra niños, niñas y adolescentes, una figura que en 2007 no estaba tipificada, pero que hoy permitiría aplicar penas de hasta 30 años y considerarlo un delito imprescriptible por su gravedad.
Uno de los voceros de la Comunidad de Sobrevivientes afirmó:
“El delito de violación a niños es equiparable a la tortura y constituye un delito de lesa humanidad. Es imprescriptible y puede perseguirse más allá de las fronteras”.
Tras la resolución uruguaya, el colectivo insistió en que Bolivia debe agotar las vías jurídicas para intentar revertir la situación y lograr que Sant’Anna pueda ser juzgado.
Qué puede pasar ahora
Con la resolución judicial, Sant’Anna queda legalmente en libertad en Uruguay. Bolivia aún puede responder a la decisión o plantear nuevos argumentos, pero en principio la causa está cerrada desde la perspectiva de la Justicia uruguaya.
No obstante, organizaciones de víctimas y juristas bolivianos analizan posibles caminos:
impulsar una recalificación del delito para que no esté prescripto;
volver a solicitar cooperación internacional con nuevos elementos;
o promover acciones en organismos de derechos humanos, argumentando que se trata de delitos de lesa humanidad, por tanto imprescriptibles.
Por lo pronto, el excura regresa a Salto mientras el caso vuelve a encender el debate sobre la protección de la infancia, el rol de la Iglesia, y los límites de la extradición cuando delitos graves prescriben en un país pero no en otro.

