Destituyen a jueza de Toledo por crear expediente falso para obtener información patrimonial de su exesposo

La Suprema Corte de Justicia resolvió por unanimidad la destitución de la jueza letrada de Toledo de 2° Turno, Sylvia Recarey Cancela, tras comprobar que utilizó su cargo para crear un expediente judicial falso con el objetivo de acceder a información patrimonial y financiera de su exesposo.

Según surge de la resolución adoptada por la corporación, los hechos ocurrieron el pasado 10 de marzo, cuando la magistrada se encontraba subrogando a la titular del Juzgado de Toledo de 1° Turno. En ese contexto, creó un expediente tanto en formato electrónico como físico utilizando una carátula ficticia, un demandante inexistente y una supuesta acción judicial destinada a obtener datos reservados sobre bienes e ingresos de su expareja.

De acuerdo con la investigación administrativa, la jueza ingresó al sistema informático judicial, redactó y firmó un escrito en el que solicitaba a la Dirección General de Registros información sobre todos los bienes y derechos patrimoniales del hombre, así como datos bancarios ante el Banco Central del Uruguay. Posteriormente intentó acelerar la emisión de los oficios correspondientes a través de funcionarios de la sede judicial.

La maniobra fue detectada gracias a las dudas planteadas por funcionarias administrativas y actuarias del juzgado, quienes advirtieron irregularidades en el expediente y verificaron que el supuesto caso no existía en el sistema. La situación fue comunicada de inmediato a la Suprema Corte de Justicia.

Consultada inicialmente sobre lo ocurrido, Recarey argumentó que se había tratado de un error administrativo vinculado a otro expediente. Sin embargo, posteriormente reconoció su responsabilidad y atribuyó su conducta a problemas personales, emocionales y económicos que atravesaba en ese momento.

Tras la denuncia, la Corte dispuso la apertura de un sumario administrativo, la suspensión de la magistrada y la retención de la mitad de su salario durante seis meses. La investigación fue encabezada por el ministro del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4° Turno, Luis Charles Vinciguerra, quien concluyó que la conducta constituía una falta gravísima y recomendó la destitución.

Finalmente, los ministros de la Suprema Corte entendieron que la jueza incurrió en una «gravísima falta administrativa», además de vulnerar principios éticos y morales esenciales para el ejercicio de la magistratura. La resolución sostiene que existió un plan deliberado para obtener un beneficio personal mediante el uso indebido de herramientas y recursos proporcionados por su cargo.

El máximo órgano judicial consideró acreditada la mala fe, el abuso de funciones y la utilización de mecanismos institucionales con fines particulares. Asimismo, cuestionó que la magistrada intentara justificar posteriormente los hechos mediante explicaciones que calificó como inverosímiles.

La Corte también destacó que el perjuicio no llegó a concretarse gracias a los controles internos ejercidos por funcionarias judiciales y por el propio sistema informático de gestión, que impidió que los oficios fueran enviados sin las autorizaciones correspondientes.

En la resolución se señala además que la jueza disponía de vías legales para obtener información patrimonial de su exesposo si la necesitaba en el marco de eventuales reclamos judiciales, por lo que el procedimiento utilizado constituyó un claro apartamiento de la legalidad.

Los ministros entendieron que la conducta vulneró principios fundamentales establecidos en los Principios de Bangalore sobre conducta judicial y en la Ley 17.060, conocida como Ley Cristal, al configurar un uso indebido de la función pública y afectar seriamente la imagen del Poder Judicial.

Si bien se valoró como atenuante la trayectoria profesional de la magistrada y la situación personal que atravesaba, la Corte consideró especialmente grave que se tratara de una jueza con más de una década de experiencia en la magistratura y que utilizara los recursos de su cargo para intentar acceder a información reservada con fines personales.

La resolución concluye que la actuación de Recarey provocó una severa afectación a la credibilidad y prestigio de la Justicia uruguaya, razón por la cual se aplicó la máxima sanción disciplinaria prevista: la destitución del cargo.

@canaldocemelo

Destituyen a jueza de Toledo por crear expediente falso para obtener información patrimonial de su exesposo La Suprema Corte de Justicia resolvió por unanimidad la destitución de la jueza letrada de Toledo de 2° Turno, Sylvia Recarey Cancela, tras comprobar que utilizó su cargo para crear un expediente judicial falso con el objetivo de acceder a información patrimonial y financiera de su exesposo. Según surge de la resolución adoptada por la corporación, los hechos ocurrieron el pasado 10 de marzo, cuando la magistrada se encontraba subrogando a la titular del Juzgado de Toledo de 1° Turno. En ese contexto, creó un expediente tanto en formato electrónico como físico utilizando una carátula ficticia, un demandante inexistente y una supuesta acción judicial destinada a obtener datos reservados sobre bienes e ingresos de su expareja. De acuerdo con la investigación administrativa, la jueza ingresó al sistema informático judicial, redactó y firmó un escrito en el que solicitaba a la Dirección General de Registros información sobre todos los bienes y derechos patrimoniales del hombre, así como datos bancarios ante el Banco Central del Uruguay. Posteriormente intentó acelerar la emisión de los oficios correspondientes a través de funcionarios de la sede judicial. La maniobra fue detectada gracias a las dudas planteadas por funcionarias administrativas y actuarias del juzgado, quienes advirtieron irregularidades en el expediente y verificaron que el supuesto caso no existía en el sistema. La situación fue comunicada de inmediato a la Suprema Corte de Justicia. Consultada inicialmente sobre lo ocurrido, Recarey argumentó que se había tratado de un error administrativo vinculado a otro expediente. Sin embargo, posteriormente reconoció su responsabilidad y atribuyó su conducta a problemas personales, emocionales y económicos que atravesaba en ese momento. Tras la denuncia, la Corte dispuso la apertura de un sumario administrativo, la suspensión de la magistrada y la retención de la mitad de su salario durante seis meses. La investigación fue encabezada por el ministro del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4° Turno, Luis Charles Vinciguerra, quien concluyó que la conducta constituía una falta gravísima y recomendó la destitución. Finalmente, los ministros de la Suprema Corte entendieron que la jueza incurrió en una «gravísima falta administrativa», además de vulnerar principios éticos y morales esenciales para el ejercicio de la magistratura. La resolución sostiene que existió un plan deliberado para obtener un beneficio personal mediante el uso indebido de herramientas y recursos proporcionados por su cargo. El máximo órgano judicial consideró acreditada la mala fe, el abuso de funciones y la utilización de mecanismos institucionales con fines particulares. Asimismo, cuestionó que la magistrada intentara justificar posteriormente los hechos mediante explicaciones que calificó como inverosímiles. La Corte también destacó que el perjuicio no llegó a concretarse gracias a los controles internos ejercidos por funcionarias judiciales y por el propio sistema informático de gestión, que impidió que los oficios fueran enviados sin las autorizaciones correspondientes. En la resolución se señala además que la jueza disponía de vías legales para obtener información patrimonial de su exesposo si la necesitaba en el marco de eventuales reclamos judiciales, por lo que el procedimiento utilizado constituyó un claro apartamiento de la legalidad. Los ministros entendieron que la conducta vulneró principios fundamentales establecidos en los Principios de Bangalore sobre conducta judicial y en la Ley 17.060, conocida como Ley Cristal, al configurar un uso indebido de la función pública y afectar seriamente la imagen del Poder Judicial. Si bien se valoró como atenuante la trayectoria profesional de la magistrada y la situación personal que atravesaba, la Corte consideró especialmente grave que se tratara de una jueza con más de una década

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