Justicia condenó al Estado a indemnizar a un hombre por una detención ilegal y uso excesivo de la fuerza

La Justicia condenó al Ministerio del Interior, la Fiscalía General de la Nación y el Poder Judicial a indemnizar con un total de 15.000 dólares a un hombre que sufrió lesiones durante un procedimiento policial en mayo de 2023. Cada organismo deberá pagarle 5.000 dólares por su responsabilidad en los hechos.

El caso se inició el 27 de mayo de 2023, cuando efectivos policiales concurrieron a una vivienda ante un presunto episodio de violencia doméstica. Durante el procedimiento, el hombre fue reducido y golpeado, sufriendo lesiones que posteriormente fueron constatadas mediante exámenes médicos.

Al día siguiente, fue llevado ante la Justicia e imputado por atentado agravado y lesiones personales, debido a un supuesto enfrentamiento con los policías. Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones de Primer Turno declaró ilegal la detención y revocó la resolución que había habilitado la formalización de la investigación, al considerar que no existían fundamentos suficientes.

La defensa sostuvo que los efectivos habían utilizado fuerza desproporcionada y cuestionó la grabación policial, por entender que no registraba el procedimiento desde su inicio. También presentó elementos sobre las lesiones sufridas por el hombre.

Tras ese fallo, el afectado inició una demanda contra el Estado por daños y perjuicios. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Tercer Turno hizo lugar al reclamo y atribuyó responsabilidades a los tres organismos.

La sentencia consideró acreditado que la Policía empleó una fuerza «excesiva y desproporcionada», valorando documentación médica, fotografías, registros audiovisuales y declaraciones testimoniales.

Además, responsabilizó a la Fiscalía por solicitar la formalización sin fundamentos suficientes y al Poder Judicial por admitirla sin un control adecuado de los argumentos presentados.

El Ministerio del Interior defendió el accionar policial, mientras que la Fiscalía y el Poder Judicial sostuvieron que la revocación de una formalización no genera automáticamente la obligación de indemnizar

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