Senado aprueba proyecto que elimina prioridad del apellido paterno y avanza hacia mayor equidad de género

El Senado dio un paso clave hacia la modificación del régimen de asignación de apellidos en Uruguay, al aprobar por unanimidad un proyecto de ley que elimina la prioridad del apellido paterno y establece un criterio de neutralidad entre ambos progenitores.
La iniciativa plantea sustituir el artículo 27 del Código de la Niñez y la Adolescencia, que actualmente dispone que el primer apellido de los hijos debe ser el del padre y el segundo el de la madre. Con la nueva redacción, serán los padres quienes definan de común acuerdo el orden de los apellidos al momento de la inscripción, sin que exista una preferencia legal preestablecida.
El proyecto, impulsado principalmente por el Frente Amplio, pero con respaldo de distintos partidos, busca corregir lo que se considera un sesgo histórico basado en desigualdades de género. En ese sentido, la propuesta establece que, en caso de no haber acuerdo entre los progenitores, el orden de los apellidos se determinará mediante sorteo, garantizando así un criterio equitativo.
Además, la iniciativa introduce otros cambios relevantes, como la eliminación de la expresión “matrimonio heterosexual” del texto legal, sustituyéndola simplemente por “matrimonio”. Esto amplía el reconocimiento a diversas configuraciones familiares, permitiendo, por ejemplo, que parejas del mismo sexo puedan inscribir a sus hijos con los apellidos de ambos progenitores sin necesidad de estar casadas.
La senadora Bettiana Díaz, encargada de informar el proyecto, destacó que la propuesta recoge planteos históricos de la sociedad y contó con aportes de distintos sectores políticos. En la misma línea, el senador Robert Silva subrayó que se trata de una respuesta a una demanda social sostenida en el tiempo.
De ser aprobado también en la Cámara de Diputados, el cambio normativo colocará en igualdad de condiciones al apellido materno y paterno desde el nacimiento, alineando la legislación uruguaya con principios de equidad e inclusión en materia de derechos civiles.

@canaldocemelo

El Senado dio un paso clave hacia la modificación del régimen de asignación de apellidos en Uruguay, al aprobar por unanimidad un proyecto de ley que elimina la prioridad del apellido paterno y establece un criterio de neutralidad entre ambos progenitores. La iniciativa plantea sustituir el artículo 27 del Código de la Niñez y la Adolescencia, que actualmente dispone que el primer apellido de los hijos debe ser el del padre y el segundo el de la madre. Con la nueva redacción, serán los padres quienes definan de común acuerdo el orden de los apellidos al momento de la inscripción, sin que exista una preferencia legal preestablecida. El proyecto, impulsado principalmente por el Frente Amplio, pero con respaldo de distintos partidos, busca corregir lo que se considera un sesgo histórico basado en desigualdades de género. En ese sentido, la propuesta establece que, en caso de no haber acuerdo entre los progenitores, el orden de los apellidos se determinará mediante sorteo, garantizando así un criterio equitativo. Además, la iniciativa introduce otros cambios relevantes, como la eliminación de la expresión “matrimonio heterosexual” del texto legal, sustituyéndola simplemente por “matrimonio”. Esto amplía el reconocimiento a diversas configuraciones familiares, permitiendo, por ejemplo, que parejas del mismo sexo puedan inscribir a sus hijos con los apellidos de ambos progenitores sin necesidad de estar casadas. La senadora Bettiana Díaz, encargada de informar el proyecto, destacó que la propuesta recoge planteos históricos de la sociedad y contó con aportes de distintos sectores políticos. En la misma línea, el senador Robert Silva subrayó que se trata de una respuesta a una demanda social sostenida en el tiempo. De ser aprobado también en la Cámara de Diputados, el cambio normativo colocará en igualdad de condiciones al apellido materno y paterno desde el nacimiento, alineando la legislación uruguaya con principios de equidad e inclusión en materia de derechos civiles.

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